Estacionar en pendiente: ruedas, freno de mano y marcha engranada

estacionamiento · B

Acabas de aparcar en línea junto al bordillo, en una calle en cuesta pronunciada de un pueblo, mirando hacia arriba. Vas a bajarte del coche y dejarlo ahí un par de horas.

Has aparcado cuesta arriba junto al bordillo. Antes de bajarte, ¿cómo dejas el coche?

Cuesta arriba y con bordillo, las ruedas se giran hacia la calzada: si el coche se desplazase, retrocedería hasta apoyar la rueda contra el bordillo y quedaría retenido. El freno de mano firme es la retención principal y la marcha engranada, la de seguridad. En cuesta arriba, la marcha adecuada es la primera.

Sueltas el coche, notas cómo se asienta un par de centímetros y la rueda apoya en el bordillo. Queda clavado. Puedes irte tranquilo.

art. 92.2 RGCir — Colocación del vehículo: el conductor que ha de dejar su puesto debe parar el motor y desconectar el sistema de arranque, dejar accionado el freno de estacionamiento y, si el vehículo tiene caja de cambios, dejar puesta la primera velocidad en pendiente ascendente y la marcha atrás en descendente (o la posición de estacionamiento). No es el art. 92.3 RGCir, que es el de los vehículos de más de 3.500 kg, autobuses y conjuntos parados en pendiente sensible, que además deben quedar calzados con elementos destinados a ello — nunca con piedras. La orientación de las ruedas del turismo no la impone el RGCir: es práctica de seguridad, y de las buenas, pero lo exigible por norma es el freno de estacionamiento y la marcha engranada.

La semana siguiente aparcas en la misma cuesta pero mirando hacia abajo, en una zona sin bordillo, junto al arcén. ¿Cómo dejas las ruedas y la marcha?

Sin bordillo, las ruedas siempre se orientan hacia fuera de la calzada: si el coche se desplaza, se va hacia el arcén y no hacia el carril por el que circulan los demás. Cuesta abajo, la marcha que retiene es la marcha atrás, porque se opone al sentido en el que el coche tendería a rodar.

El coche queda apuntando al arcén, con el freno echado y la marcha atrás puesta. Aunque se moviera, se iría a la tierra y no a la carretera.

art. 92.2 RGCir — Colocación del vehículo: el conductor que ha de dejar su puesto debe parar el motor y desconectar el sistema de arranque, dejar accionado el freno de estacionamiento y, si el vehículo tiene caja de cambios, dejar puesta la primera velocidad en pendiente ascendente y la marcha atrás en descendente (o la posición de estacionamiento). En relación con el art. 91.1 RGCir — Modo y forma de ejecución, que obliga a cuidar especialmente la colocación «evitando que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor». Cuesta abajo, la marcha que retiene es la marcha atrás. La orientación de las ruedas del turismo no la impone el RGCir: el reglamento solo contempla la rueda directriz apoyada en el bordillo — junto a los calzos — para los vehículos de más de 3.500 kg de MMA, los autobuses y los conjuntos parados en pendiente sensible (art. 92.3 RGCir). Es práctica de seguridad, y de las buenas; lo exigible por norma es el freno de estacionamiento y la marcha engranada.

Qué significa cada término

▶ Jugarla en CarnetSim

Otras situaciones de conducción

Ver las 85 situaciones explicadas